Errores comunes en la Declaración de la Renta y sus multas

Asun LaynezGeneral Deje un comentario

Queda menos para tener que hacer la Declaración de la Renta y antes de que llegue, es importante que evites despistes a la hora de rellenar los datos, ya que esto puede acarrear serias sanciones por, por ejemplo, no comprobar que los datos del borrador estén correctos.

Los controles que realiza la Administración mediante el cruce de datos o comprobaciones suelen señalar irregularidades e iniciar un procedimiento sancionador. La multa que podría llegarte depende del tipo de infracción que se haya cometido y de su gravedad. En principio, basta con no comunicar el cambio de domicilio fiscal, confirmar un borrador con datos erróneos o incompletos, o presentar la declaración fuera de plazo, para recibir un recargo por parte del fisco.

Datos incorrectos

Es importantísimo que revises todos los datos introducidos en la Declaración ya que, aunque puedan tratarse de pequeños fallos por no poner suficiente atención, validar datos erróneos o incompletos pueden acarrear sanciones de hasta 150€. Entre los datos más importantes a revisar está el de domicilio fiscal ya que en el caso de haberlo modificado y no especificarlo puede suponer una multa de 100€.

Incumplimiento del plazo

Presentar la Declaración de la Renta fuera del plazo establecido por la Agencia Tributaria puede obligarnos a pagar un recargo. 

  1. Este recargo será un porcentaje igual al 1 por 100 más otro 1 por 100 adicional, por cada mes completo de retraso con que se presente la autoliquidación o declaración respecto al término del plazo establecido para la presentación e ingreso. 
  • Si la presentación de la autoliquidación o declaración se efectúa una vez transcurridos 12 meses desde el término del plazo establecido para la presentación, el recargo será del 15 por 100 y excluirá las sanciones que hubieran podido exigirse. En estos casos, se exigirán los intereses de demora por el período transcurrido desde el día siguiente al término de los 12 meses posteriores a la finalización del plazo establecido para la presentación hasta el momento en que la autoliquidación o declaración se haya presentado.

En el caso de que el resultado del IRPF fuese a devolver, la sanción por la demora es de 100€. Si Hacienda ha notificado al usuario la demora y la declaración sale a pagar, tendrá que hacer frente a una multa que puede ir desde el 50% hasta el 150% de la cantidad correspondiente más intereses. En caso de obtener un resultado negativo, se ha acordado un único recargo de 200€.

Deducciones erróneas

Las deducciones aplicadas incorrectamente para obtener un resultado más favorable en la declaración es uno de los errores más comunes y también conllevan multa. Hacienda considera esto como infracción grave y puede acarrear una sanción del 15% de la cantidad recibida. Si, además, se incluyesen datos erróneos o se omitiesen datos importantes, se establecería un gravamen de 300€.

Documentos falsos

En el caso de que el usuario proporcione documentos, facturas o justificantes falsos con el objetivo de obtener un beneficio superior a 3.000€, la multa oscila entre el 50% y el 100% del importe dejado de ingresar.

Fraudes

Si el contribuyente utiliza medios fraudulentos se considerará una falta muy grave y la sanción puede alcanzar hasta el 150% según el perjuicio causado a Agencia Tributaria. Si la Administración descubre un fraude millonario, la multa en los casos de infracciones graves (superiores a los 30.000€) o muy graves (superiores a 300.000); también puede ir acompañada de otras penas como ayudas públicas, subvenciones e incluso la suspensión profesional.

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