Descubre las actualizaciones que trae consigo la Declaración de la Renta 2023-2024.

Asun LaynezConsejos fiscales, General Deje un comentario

El período para presentar la declaración de la renta de manera online ya está en marcha. Sin embargo, ¿estás al tanto de las actualizaciones?

Es importante que los contribuyentes de Canarias estén informados de las novedades en materia de deducciones autonómicas al momento de preparar sus declaraciones. A continuación, te detallamos todas estas novedades:

¿Qué deducciones se aplican a los residentes canarios?

Estas deducciones están principalmente diseñadas para apoyar a las familias canarias y mitigar los efectos de la inflación.

1. Deducción por gastos de guardería.

La deducción será del 15% sobre los gastos de guardería de niños menores de 3 años, con un límite máximo de 400€ al año por niño. Con respecto a años anteriores, el solicitante debe tener un ingreso no superior a 42.900€ y ser el progenitor o tutor que conviva con el menor de 3 años.

2. Deducción por nacimiento o adopción de hijos.

Se aplican deducciones fiscales por cada hijo nacido o adoptado. Concretamente:

  • 200€ para el primer o segundo hijo.
  • 400€ para el tercer hijo.
  • 600€ para el cuarto hijo.
  • 700€ para el quinto hijo o más.

Si el hijo tiene una discapacidad igual o superior al 65%, se añaden deducciones adicionales:

  • 400€ para el primer o segundo hijo con discapacidad.
  • 800€ para el tercer hijo o más con discapacidad.

Pero existen límites para estas deducciones: la suma de las bases imponibles (general y de ahorro) no debe exceder los 39.000€ para tributación individual o los 52.000€ para tributación conjunta.

3. Donaciones destinadas a la restauración o preservación del legado histórico de Canarias.

Se otorgará una reducción fiscal del 20% sobre las sumas donadas para la preservación o restauración del patrimonio histórico de Canarias. Las entidades institucionales contempladas son las siguientes:

1. Entidades gubernamentales.

2. Iglesias o grupos religiosos que mantengan pactos con el Estado.

3. Organizaciones sin ánimo de lucro y asociaciones que satisfagan los criterios requeridos, y que contemplen la reparación y recuperación del legado histórico.

4. Deducción por acogimiento de menores:

Se otorga una deducción de 250€ por cada menor acogido en régimen de urgencia, temporal o permanente, siempre y cuando se conviva con el menor durante todo el periodo impositivo. Si no es así, la cantidad se ajustará según los días de convivencia en el periodo.

5. Deducción por familias monoparentales:

Se deducen 100€ para aquellos que tengan a su cargo descendientes menores de edad y no convivan con otra persona distinta de los descendientes.

Los descendientes considerados son:

  • Hijos menores de edad que convivan con el contribuyente y no tengan rentas anuales superiores a 8.000€.
  • Hijos menores de edad con discapacidad que convivan con el contribuyente y sin rentas superiores a 8.000€.
  • Descendientes de los casos anteriores que no convivan con el contribuyente, pero dependan económicamente de él/ella y estén en centros especializados.

El límite de la base imponible general y del ahorro no debe exceder los 39.000€ para tributación individual o 52.000€ para tributación conjunta.

6. Contribuciones destinadas a propósitos culturales, deportivos, de investigación o educativos.

Las donaciones y aportaciones para propósitos culturales, deportivos, de investigación o docencia permiten una deducción del 15% del importe donado, con un límite de 50.000 euros. Estas donaciones pueden ser dirigidas a:

  • Entidades gubernamentales de la Comunidad Autónoma de Canarias.
  • Autoridades locales.
  • Instituciones públicas dedicadas a actividades culturales, deportivas e investigativas.

Asimismo, esta deducción también se aplica a las donaciones de empresas culturales cuyos ingresos no superen los 300.000 euros, y cuya actividad se centre en el cine, artes escénicas, música, pintura u otras formas audiovisuales. En este caso, el máximo deducible es de 3.000 euros.

7. Para donaciones realizadas a organizaciones sin fines de lucro, se aplican las siguientes reglas fiscales:

Se aplica una deducción del 20%, hasta 150 euros y del 15% para cantidades mayores. En caso de donaciones recurrentes a una misma entidad, se aplica un porcentaje intermedio del 17.5%.

El límite máximo de deducción no puede exceder el 10% de la base liquidable del contribuyente.

Es importante tener en cuenta que esta deducción no es compatible con la deducción por donaciones con fines ecológicos ni con la deducción por donaciones y aportaciones para fines culturales, deportivos, investigación o docencia.

8. Deducción de gastos de estudios:

Se aplica una deducción de 1.800 euros por hijo nacido o adoptado, que se incrementa a 1.920 euros si los ingresos ajustados son inferiores a 36.300 euros.

Requisitos: El hijo debe ser menor de 25 años, depender económicamente del contribuyente, ganar menos de 8.000 euros al año, estar estudiando en la universidad o un nivel similar, y residir en una isla sin oferta educativa presencial.

La deducción no puede superar el 40% de lo adeudado en el tramo autonómico de impuestos. Dicha deducción es aplicable en la declaración del año en que comience el curso académico.

9. Deducción por gastos educativos:

Se deduce el 100% de los gastos en material escolar, libros de texto, transporte, uniformes, comedores escolares y actividades de refuerzo.

Límite de deducción: 120 euros para el primer hijo y 60 euros para los siguientes.

La justificación del gasto se realiza mediante facturas, las cuales deben conservarse durante el año fiscal para adjuntarlas al momento de aplicar la deducción.

Si quieres más detalles sobre cómo realizar la declaración o si puedes obtener alguna deducción, no dudes en contactarnos. Escríbenos a asun@laynezyfornies.com y descubre cómo podemos trabajar juntos para garantizar una declaración de la renta más favorable. ¡Tu tranquilidad financiera es nuestra prioridad!

Comparte este artículo

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *